6. - Planeación
¿La implementación del modelo integrado de planeación es obligatorio para las Notarías del país?

De acuerdo con el Decreto 1499 del 2017 las entidades públicas deben adoptar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión el cual simplifica e integra los sistemas de desarrollo administrativo y de gestión de la calidad y articula el Sistema de Control Interno para que los procesos sean más sencillos y eficientes.
No obstante, para el caso de las Notarías cuya naturaleza jurídica es privada, no es aplicable esta normatividad, es decir, no están obligadas a presentar planes de acción estratégicos, indicadores de gestión, programas y proyectos, ni participan en la formulación de políticas, a los que hace referencia el art 74 de la Ley 1474 de 2011.
Literalmente esta norma señala:
“(…) ARTÍCULO 74. PLAN DE ACCIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS. A partir de la vigencia de la presente ley, todas las entidades del Estado a más tardar el 31 de enero de cada año, deberán publicar en su respectiva página web el Plan de Acción para el año siguiente, en el cual se especificarán los objetivos, las estrategias, los proyectos, las metas, los responsables, los planes generales de compras y la distribución presupuestal de sus proyectos de inversión junto a los indicadores de gestión. A partir del año siguiente, el Plan de Acción deberá estar acompañado del informe de gestión del año inmediatamente anterior. Igualmente, publicarán por dicho medio su presupuesto debidamente desagregado, así como las modificaciones a este o a su desagregación. (…)”